Resolución de 17 de julio de 2025 del ICAC: nuevas Normas Técnicas de Auditoría NIA-ES 260 y 700

El Boletín Oficial del Estado del 24 de julio de 2025 publicó la Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) que actualiza dos Normas Técnicas de Auditoría clave: la NIA-ES 260 (Revisada), sobre la comunicación con los responsables del gobierno de la entidad, y la NIA-ES 700 (Revisada), sobre la formación de la opinión y la emisión del informe de auditoría de estados financieros.

Estas normas son la adaptación española de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), ajustadas a la legislación nacional y europea. Con esta revisión se incorporan las últimas modificaciones introducidas por el IAASB (Consejo Internacional de Normas de Auditoría y Aseguramiento) y se alinean con el Código de Ética del IESBA, en lo relativo a independencia de los auditores en entidades de interés público.

La NIA-ES 260 (Revisada) refuerza la importancia de la comunicación clara y continua entre el auditor y los órganos de gobierno de la entidad, incluyendo la obligación de informar sobre riesgos significativos, hallazgos relevantes, independencia y posibles amenazas que afecten al trabajo.

La NIA-ES 700 (Revisada) establece cómo debe el auditor emitir su opinión sobre los estados financieros, precisando la estructura del informe, los elementos que debe contener y la obligación de incluir referencias a cuestiones clave de la auditoría o a verificaciones especiales, como la presentación en formato electrónico único europeo (ESEF).

La resolución fija su entrada en vigor para los trabajos de auditoría sobre ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2025, y de forma obligatoria para todos los encargos contratados desde el 1 de enero de 2026, derogando las versiones anteriores publicadas en 2024.

En conclusión, esta actualización moderniza el marco de auditoría en España, reforzando la transparencia, la independencia de los auditores y la calidad de la información que reciben los órganos de gobierno y los usuarios de los estados financieros.

Aviso importante: Este texto tiene carácter divulgativo y no sustituye la lectura íntegra de la Resolución ni el asesoramiento profesional. Para su correcta aplicación es recomendable consultar directamente la norma y, en caso necesario, contar con un experto en auditoría o contabilidad.

Francisco Purriños Asesor SLPU  - Asesoría Fiscal
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